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QUE DECLARA EL 30 DE MAYO DE CADA AÑO DIA CIVICO Y DE CONMEMORACION DE LA ETNIA NEGRẠ (SE CELEBRARA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA CON EL PROPOSITO DE RESALTAR SUS VALORES, Y APORTES A LA CULTURA Y DESARROLLO DEL PAIS).

Ley 9 del año 2000

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 1. Se declara el 30 de mayo de cada año Día Cívico y de Conmemoración de la Etnia Negra Nacional, que se celebrará en todo el territorio de la República con el propósito de resaltar sus valores y aportes a la cultura y al desarrollo del país.

Artículo 2. El Ministerio de Educación, el Instituto Nacional de Cultura y el Instituto Panameño de Turismo, garantizarán el cumplimiento de la disposición anterior y organizarán eventos alusivos a la fecha.

Artículo 3. Los centros educativos oficiales y particulares, así como las instituciones públicas, autónomas, semiautónomas y municipales, desarrollarán durante ese día actividades culturales orientadas a resaltar el aporte científico, cultural, económico y laboral de la etnia negra en Panamá.


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Arturo González Cal

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