VISTOS:
La firma forense, SUCRE, ARIAS & REYES, apoderados judiciales de BANCO EXTERIOR, S.A., recurren en casación contra la sentencia proferida el 27 de febrero de 2002, por el Primer Tribunal Superior de Justicia, en el proceso ordinario que a la recurrente le sigue ESTABLECIMIENTO COMERCIAL PABLOARDITO B., S.A..
Del proceso se cumplieron las fases de admisibilidad y alegatos de fondo, por lo que se encuentra pendiente de decisión, a lo que procede la Sala, previa exposición de los antecedentes del mismo.
ANTECEDENTES
El proceso dentro del cual se recurre tiene su génesis en la demanda presentada por ESTABLECIMIENTO COMERCIAL PABLO ARDITO B, S.A., contra el BANCO EXTERIOR, S.A., en la cual solicita la parte actora que se condene a la demandada a pagarle la suma que dicha entidad bancaria debitó de la cuenta bancaria N° 30-12-400-44735-0 que mantenía en el referido banco, sucursal Las Tablas, sin estar debidamente autorizado para ello, más los intereses, costas y gastos del proceso.
La demanda quedó radicada en el Juzgado Tercero de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, el cual la corrió en traslado a la parte demandada. Mediante apoderados judiciales debidamente constituidos procedió el banco demandado a darle contestación a la demanda instaurada en su contra, negando las pretensiones y los hechos, así como el derecho en que éstas se fundan.
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