Artículo 1 - POR LA CUAL SE FIJAN NORMAS PARA CONTROLAR LOS VECTORES TRANSMISORES DEL DENGUẸ
Ley 33 del año 1997
República de Panamá
Artículo 1. Son objetivos de la presente Ley, los siguientes: 1. Declarar el dengue un problema de salud pública que afecta el desarrollo socioeconómico del país, por lo que es necesario ejecutar medidas permanente de control de los vectores, con urgencia notoria. 2. Tomar las medidas para eliminar, al máximo los criaderos de mosquitos aedes aegypti y aedes albopictus, así como para evitar la proliferación de nuevos criaderos, a fin de erradicar la enfermedad. 3. Asegurar el control permanente de los vectores del dengue por intermedio de la División de Control de Vectores de la Dirección General de Salud. 4. Establecer un programa de educación de la comunidad, ante la inminente aparición del dengue hemorrágico. 5. Tratar de eliminar al máximo los riesgos de infestación del aedes albopictus.
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