Artículo 11 - Que reforma la Ley 90 de 2017, Sobre dispositivos médicos y productos afines, y dicta otras disposiciones
Ley 92 del año 2019
República de Panamá
Artículo 11. Se deroga el artículo 20 de la Ley 90 del 2017.
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Artículo 14. El artículo 27 de la Ley 90 de 2017 queda así:
Artículo 27. Cuando la Dirección Nacional de Dispositivos Médicos inicie la expedición de Registros Sanitarios, todos los dispositivos médicos o productos afines deberán presentar su Registro Sanitario vigente para su importación al país, así como cualquier otra información o documento que la autoridad de salud reglamente. La Dirección Nacional de Dispositivos Médicos desarrollará una plataforma informática para la verificación de estos documentos mediante un sistema de digitalización que permita la gestión y consulta de todos los documentos y procesos de la Dirección por cualquier persona interesada, respetando la confidencialidad en los casos establecidos mediante reglamentación.
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