Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 11 - Reglamento sobre los Derechos y Deberes de los Usuarios de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telecomunicaciones

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 11. Recibir facturación, cuando la cuenta periódica dependa de la medición de un consumo, con la debida antelación a su vencimiento. A tal efecto, el prestador deberá remitir las facturas en el tiempo apropiado y por medio idóneo.

Palabras clave de éste artículo

cuentapreavisoregistro indispensable de contabilidad


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 12. Recibir oportunamente los créditos a los cuales los clientes se haya hecho acreedor y en los casos en los cuales el cliente haya pagado sumas de dinero que correspondan a una reclamación, el crédito será aplicable al siguiente pago.

Ver artículo 12 de Reglamento sobre los Derechos y Deberes de los Usuarios de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telecomunicaciones

Artículo 13. Que el prestador programe, en la medida de lo posible, las interrupciones de servicio; que éstas se efectúen de manera tal que afecten la menor cantidad de usuarios, con la menor duración y en las horas de menor demanda, y obtener información acerca de la duración estimada de la interrupción.

Ver artículo 13 de Reglamento sobre los Derechos y Deberes de los Usuarios de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telecomunicaciones

Artículo 14. Recibir aviso previo de las interrupciones programadas o en alguna forma previsibles y recibir las explicaciones que correspondan cuando ocurran interrupciones imprevistas en la prestación del servicio que sean de una magnitud significativa que afecte en forma considerable a la población. Igualmente, cuando así lo solicite, el usuario tendrá derecho a obtener información relacionada con cualquier interrupción del servicio que le afecte.

Ver artículo 14 de Reglamento sobre los Derechos y Deberes de los Usuarios de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telecomunicaciones

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá