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Artículo 131 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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Artículo 131. Para solicitar prórroga, el solicitante deberá presentar los siguientes documentos: 1. Carta de responsabilidad expedida por la empresa que lo contrata para laborar como ejecutivo a nivel directivooperativo; 2. Certificación de la Agencia Económica Especial PanamáPacífico, que acredite la existencia de la empresa en esa área económica especial; 3. Paz y salvo de la empresa, expedido por la Agencia Económica Especial PanamáPacífico; 4. Certificación de la Caja de Seguro que acredite el pago nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya realizado cambio de empresa.

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Artículo 132. Para solicitar prórroga, además de los requisitos mencionados en el artículo anterior, deberá presentar: 1. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago nueve (9) cuotas consecutivas.

Ver artículo 132 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 133. Podrá solicitar este permiso el extranjero que labore al servicio de empresas que tengan menos de diez (10) trabajadores dentro del Área PanamáPacifico.

Ver artículo 133 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 134. En adición a los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos: 1. Permiso de trabajo y copia de carné; 2. Carta de responsabilidad de la empresa, que acredite el cargo y los servicios que presta el solicitante, firmada por su representante legal; 3. Certificación expedida por la Agencia Económica Especial PanamáPacífico, donde se certifique que la empresa se encuentra registrada dentro del Área Panamá Pacifico; 4. Paz y salvo expedido por la Agencia Económica Especial PanamáPacífico a favor de la empresa. 5. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social y copia del carné (en la primera solicitud).

Ver artículo 134 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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