Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 137 - GENERAL DE TRANSPLANTES DE COMPONENTES ANATOMICOS.

Ley 3 del año 2010

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 137. El Ministerio de Salud establecerá los mecanismos de coordinación e integración de los servicios y equipos de trasplantes con la Caja de Seguro Social.

Palabras clave de éste artículo

Ministerio de SaludCaja de Seguro Social


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 138. La presente Ley será reglamentada por el Órgano Ejecutivo.

Ver artículo 138 de Ley 3 del año 2010

Artículo 139. Esta Ley deroga la Ley 52 de 12 de diciembre de 1995.

Ver artículo 139 de Ley 3 del año 2010

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá