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Artículo 19 - QUE CREA EL PROGRAMA ESPECIAL DE ASISTENCIA ECONOMICA PARA LOS ADULTOS MAYORES DE SETENTA AÑOS O MAS SIN JUBILACION NI PENSION, EN CONDICIONES DE RIESGO SOCIAL, VULNERABILIDAD, MARGINACION O POBREZA, Y SUBROGA LA LEY 44 DE 2009.

Ley 86 del año 2010

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 19. El financiamiento del Programa se hará con cargo al Tesoro Nacional. Para este propósito, el Órgano Ejecutivo incluirá en el Presupuesto General del Estado las partidas correspondientes a las transferencias mensuales para los beneficiarios y los gastos de funcionamiento, que incluirán aspectos de logística y otros que la Secretaría Ejecutiva del Programa B/.100.00 a los 70 destaque como necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. El Ministerio de Economía y Finanzas brindará especial atención y celeridad a los trámites pertinentes para que la ejecución del Programa se cumpla conforme a la programación anual.

Palabras clave de éste artículo

Tesoro NacionalÓrgano EjecutivoMinisterio de Economía y Finanzastrámite


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Artículo 20. Se crea el Fondo Especial para los Adultos Mayores sin Jubilación ni Pensión, en condiciones de riesgo social, vulnerabilidad, marginación o pobreza, en adelante el Fondo, destinado al financiamiento total del Programa.  

Ver artículo 20 de Ley 86 del año 2010

Artículo 21. El Fondo estará constituido por: 1. El aporte inicial del Gobierno Nacional para su funcionamiento. 2. Los recursos que anualmente destine el Presupuesto General del Estado que, en todo caso, serán suficientes para el pago de la totalidad del Programa. 3. Los aportes que le sean concedidos por personas naturales o jurídicas y entidades u organismos nacionales o internacionales, públicos o privados. 4. Cualquier otro aporte que la ley permita.  

Ver artículo 21 de Ley 86 del año 2010

Artículo 22. El Fondo se manejará a través de una cuenta en un banco estatal. Los desembolsos del Fondo serán otorgados a través de mecanismos de transparencia determinados en la reglamentación de la presente Ley y en el Manual de Procedimientos Administrativos y Fiscales para el Manejo del Fondo Especial.

Ver artículo 22 de Ley 86 del año 2010


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