Artículo 2 - QUE DECLARA EL 25 DE ABRIL DE CADA AÑO, DIA DE LA ESCRITORA Y DEL ESCRITOR PANAMEÑOS Y CREA LA CONDECORACION ROGELIO SINAN.
Ley 14 del año 2001
República de Panamá
Artículo 2. El Día de la Escritora y del Escritor Panameños será una fecha cívica y se celebrará en todo el territorio nacional. Esta celebración estará orientada a resaltar la literatura panameña, así como la vida y obra de las escritoras y de los escritores panameños.
Palabras clave de éste artículo
Explora otros artículos de esta norma
Abogados Expertos relacionados
Buscar algo específico en las normas de Panamá