Artículo 2 - Reglamento sobre los Derechos y Deberes de los Usuarios de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telecomunicaciones
República de Panamá
Artículo 2. Tener acceso a los servicios públicos sin discriminación con respecto a otras personas que se encuentren en iguales condiciones.
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