Artículo 21 - QUE REGULA LOS SERVICIOS DE SANGRE Y LAS TRANSFUSIONES SANGUINEAS.
Ley 35 del año 2018
República de Panamá
Articulo 21. Las funciones del Director General son: 1. Dirigir el Hemocentro Nacional en forma responsable, ética y eficiente. 2. Elaborar y sustentar el plan operativo anual, el anteproyecto de presupuesto anual y el plan de inversiones para su presentación a la Unidad Administrativa de Medicina Transfusional y Servicios de Sangre, y al Patronato. 3. Proponer al Patronato la estructura administrativa para el funcionamiento del Hemocentro Nacional en conjunto con el jefe médico y el jefe técnico. 4. Elaborar y proponer al Patronato el reglamento interno del Hemocentro y velar por su cumplimiento. 5. Supervisar y controlar la gestión administrativa del personal directivo. 6. Asistir como secretario en las reuniones del Patronato. 7. Representar oficialmente al Hemocentro Nacional en todas las actividades a nivel nacional e internacional. 8. Autorizar gastos hasta ciento cincuenta mil balboas (B/.150 000.00), y controlar los ingresos del Hemocentro Nacional. 9. Administrar el Fondo Especial de Autogestión para el Hemocentro Nacional. 10. Proponer al Patronato el personal profesional, administrativo y técnico del Hemocentro Nacional para su nombramiento, promoción o remoción. 11. Proponer y gestionar convenios de cooperación con otras instituciones públicas, nacionales e internacionales, previa aprobación del Patronato. 12. Solicitar al Patronato los créditos extraordinarios y el traslado de partidas presupuestarias que se requieran para el buen funcionamiento del Hemocentro. 13. Participar en la formulación de políticas, planes, programas y normas de atención, docencia e investigación que desarrolle el Ministerio de Salud y/o la Caja de Seguro Social. 14. Redactar y presentar un informe de gestión sobre las actividades, gastos, producción y costos de atención, para conocimiento del Patronato y su debida divulgación. 15. Velar por el buen funcionamiento de los sistemas de monitoreo, evaluación y aseguramiento de la calidad en todos los procesos del Hemocentro Nacional. 16. Presentar al Patronato el resultado del estudio de costo de producción, que sustenten las tarifas de los productos y servicios del Hemocentro Nacional. 17. Ejercer cualquier otra función que le asigne el Patronato.
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