Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 23 - QUE CREA LA AUTORIDAD NACIONAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Ley 24 del año 2013

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 23. El Nivel Regional estará integrado así: 1. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Panamá. 2. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Colón. 3. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Chiriquí. 4. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Coclé. 5. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Bocas del Toro. 6. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Los Santos. 7. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Darién. 8. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Herrera. 9. Oficina Regional de Impuestos de la Provincia de Veraguas. Sección 5.a Nivel Delegado

Palabras clave de éste artículo

impuestoPanamá


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 24. Para garantizar la prestación de los servicios tributarios que por su actividad económica o ubicación estratégica lo amerita, el administrador nacional de Ingresos Públicos, mediante resolución, podrá autorizar previa disponibilidad presupuestaria el funcionamiento permanente o transitorio de direcciones seccionales delegadas de impuestos indicando su jurisdicción y determinando los grupos internos de trabajo que deberán integrarlas, lo cual se denominará Nivel Delegado.

Ver artículo 24 de Ley 24 del año 2013

Artículo 25. La Autoridad Nacional de Ingresos Públicos establecerá un régimen de administración y planificación financiera para un periodo de diez años, con ejecución y control anual, basado en las Normas Generales de Contabilidad aceptables en la República de Panamá.

Ver artículo 25 de Ley 24 del año 2013

Artículo 26. El presupuesto anual de la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos no será inferior al asignado en el ejercicio fiscal del año inmediatamente anterior. Al momento de la entrada en vigencia de la presente Ley, el Ministerio de Economía y Finanzas realizará las asignaciones presupuestarias extraordinarias para dotar a la Autoridad Nacional de Ingresos Públicos de los recursos necesarios para la efectiva implementación de esta Ley.

Ver artículo 26 de Ley 24 del año 2013

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá