Artículo 26 - Reglamento de Seguros Colectivos del Componente de Ahorro Personal del Subsistema Mixto: Colectivo de Renta Vitalicia y Colectivo de la Pensión por Invalidez
República de Panamá
Artículo 26. Presentación de Informes. La Dirección General de la Caja de Seguro Social presentará a la Junta Directiva de la Institución, un informe anual sobre la situación financiera y actuarial de los seguros colectivos, detallándose los beneficios concedidos y las inversiones realizadas y sus rendimientos.
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