Artículo 27 - QUE CONSTITUYE AL HOSPITAL SAN MIGUEL ARCANGEL COMO UNA ENTIDAD DE GESTION PUBLICẠ
Ley 1 del año 2010
República de Panamá
Artículo 27. Se crea, de manera interina, una comisión para implementar y ejecutar un plan de liquidación para solventar los compromisos contractuales adquiridos y no cancelados durante la administración del Patronato del Hospital San Miguel Arcángel.
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