Artículo 27 - Que modifica el Acuerdo 10-2003 de 17 de diciembre de 2003.
República de Panamá
Artículo 27. TASA DE REGULACIÓN BANCARIA: Posterior a la autorización de adquisición o transferencia de acciones o de fusión, el Banco adquirido o fusionado seguirá causando la Tasa de Regulación Bancaria hasta tanto su Licencia Bancaria no haya sido debidamente cancelada.
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