Artículo 28 - QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE LOS PROCESOS CONCURSALES DE INSOLVENCIA Y DICTA OTAS DISPOSICIONES.
Ley 12 del año 2016
República de Panamá
Artículo 28. Presupuesto subjetivo. Podrá someterse al proceso de reorganización cualquier persona natural comerciante o sociedad mercantil que no esté excluida del ámbito de aplicación del presente Régimen.
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Artículo 29. Presupuesto objetivo. Para que la reorganización proceda, se requiere que el deudor esté en una situación de cesación de pago, insolvencia inminente o falta previsible de liquidez.
Ver artículo 29 de Ley 12 del año 2016
Artículo 30. Objetivo de mayor satisfacción de los créditos. La reorganización supone que los acreedores recibirán mayor satisfacción de sus créditos incorporándose a este proceso de lo que recibirían en el marco de un proceso de liquidación de la empresa y hacia este objetivo deben dirigirse todas las actuaciones y gestiones de las partes involucradas.
Ver artículo 30 de Ley 12 del año 2016
Artículo 31. Documentos. La solicitud del deudor de la apertura del proceso de reorganización debe ser acompañada por los documentos siguientes: 1. Copia autenticada del acta de la Junta de Accionistas o del órgano correspondiente, en la que conste la resolución para acogerse al proceso de reorganización, cuando se trate de una sociedad mercantil. 2. Explicación de los motivos que determinen la cesación de pago, insolvencia inminente o falta previsible de liquidez. 3. Estados financieros auditados, correspondientes al último ejercicio fiscal, emitidos por un contador público autorizado independiente. 4. Estados financieros interinos correspondientes al último trimestre inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud, certificados por un contador público autorizado. 5. Inventario de activos y pasivos con corte en la misma fecha indicada en el numeral anterior, certificado por un contador público autorizado. 6. Lista de sus bienes, lugar en que se encuentran y los gravámenes que les afectan. 7. Relación de los procesos que tenga pendientes. 8. Planilla de trabajadores o lista de los colaboradores, cualquiera sea su situación contractual, correspondiente al mes inmediatamente anterior a la solicitud. 9. Proyecto de reorganización del deudor que contemple la reestructuración financiera, organizativa, operativa o de competitividad, conducentes a solucionar las causas de cesación de pago, insolvencia inminente o falta previsible de liquidez, que quedará a disposición de los interesados una vez admitida la solicitud.
Ver artículo 31 de Ley 12 del año 2016
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