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Artículo 28 - Sobre Protección de Datos Personales

Ley 81 del año 2019

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 28. En ningún caso el responsable del tratamiento de datos personales y/o el custodio de la base de datos pueden transferir o comunicar los datos que se relacionen con una persona identificada o identificable, después de transcurridos siete años desde que se extinguió la obligación legal de conservarla, salvo que el titular de los datos personales expresamente solicite lo contrario.

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Artículo 29. El tratamiento de datos personales por parte de una entidad pública, solo podrá efectuarse respecto de las materias de su competencia y con sujeción a lo establecido en esta Ley.

Ver artículo 29 de Ley 81 del año 2019

Artículo 30. Las entidades públicas que sometan a tratamiento datos personales relativos a condenas por delitos, infracciones administrativas o faltas disciplinarias no podrán comunicarlos, una vez prescrita la acción penal o administrativa o cumplida o prescrita la sanción o la pena, salvo autorización expresa por el titular del dato. Se exceptúan los casos en que esa información les sea solicitada por los tribunales de justicia competentes u otros organismos públicos dentro del ámbito de su competencia, que deberán guardar respecto de ella la debida reserva o confidencialidad, y les será aplicable lo dispuesto en los artículos 11 y 20.

Ver artículo 30 de Ley 81 del año 2019

Artículo 31. Los responsables y/o custodios de base de datos que transfieran datos personales almacenados en bases de datos a terceros llevarán un registro de estas y deberán estar a disposición de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información en caso de que esta lo requiera para cumplir con las facultades que le otorga esta Ley.En el registro al que se refiere el párrafo anterior constará, respecto de cada una de esas bases de datos, la identificación de estas y el responsable de estas, la naturaleza de los datos personales que contiene, el fundamento jurídico de su existencia, los procedimientos de obtención y tratamiento de los datos, el destino de los datos y las personas naturales o jurídicas a las que pueden ser transferidos, la descripción del universo de personas que comprende, las medidas de seguridad, los protocolos y la descripción técnica de la base de datos, la forma y condiciones en que las personas pueden recibir o acceder a los datos referidos a ellas, los procedimientos a realizar para la rectificación, la actualización de los datos, el tiempo de conservación de los datos y cualquier cambio de los elementos indicados, así como la identificación y periodo de todas las persona que han ingresado a los datos personales dentro de los quince días hábiles desde que se inicie dicha actividad.Solo pueden ser capturados para almacenamiento los datos obtenidos del documento de identidad personal que provea su titular.

Ver artículo 31 de Ley 81 del año 2019


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