Artículo 3 - POR LA CUAL SE CONCEDE AMNISTIẠ
Ley 30 del año 1949
República de Panamá
Artículo 3. Se consideran comprendidos en lo dispuesto en esta Ley los casos a que se refiere el Decreto de Gabinete 254 de 30 de agosto de 1949, dictado por el Órgano Ejecutivo y los relacionados con actos ejecutados en asonadas políticas que sean consecuencia directa e inmediata de ésta.
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