Artículo 3 - QUE ESTABLECE LA GRATUIDAD DEL SERVICIO DE MAMOGRAFIA EN EL SISTEMA PUBLICO DE SALUD.
Ley 32 del año 2018
República de Panamá
Artículo 3. El Estado dotará de los recursos necesarios al Ministerio de Salud para el fiel cumplimiento de la presente Ley. Los fondos que se generen de la autogestión o donaciones particulares serán manejados por el Ministerio de Salud para las acciones integrales, según programación de promoción de salud, prevención, atención, diagnóstico temprano y rehabilitación del cáncer de mama.
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