Artículo 3 - QUE CREA LA CONDECORACION CACIQUE URRACA O UBARRAGA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES
Ley 52 del año 2002
República de Panamá
Artículo 3. Se crea la Comisión de la Condecoración Cacique Urracá o Ubarragá, la cual será conformada por el Órgano Ejecutivo y estará integrada por: 1. El Ministro o la Ministra de Gobierno y Justicia o su representante, quien la presidirá; 2. El Ministro o la Ministra de Educación o su representante; 3. El Director o la Directora del Instituto Nacional de Cultura o su representante; 4. El Presidente o la Presidenta del Congreso General Ngöbe Buglé o su representante; 5. El Presidente o la Presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas de la Asamblea Legislativa o su representante.
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