Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 34 - QUE ESTABLECE EL ESCALAFON Y LA NOMENCLATURA DE CARGOS DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS SOCIALES Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 16 del año 2009

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 34. Se instituye oficialmente el 6 de septiembre de cada año como Día de los Trabajadores y Trabajadoras Sociales en todo el país.

Palabras clave de éste artículo



Explora otros artículos de esta norma

Artículo 35. El Órgano Ejecutivo reglamentará la presente Ley y aprobará la escala salarial correspondiente al Escalafón descrito en el término de seis meses.

Ver artículo 35 de Ley 16 del año 2009

Artículo 36. La presente Ley deroga la Ley 6 de 11 de marzo de 1982.

Ver artículo 36 de Ley 16 del año 2009

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Jose Quiel Alfonso Rosas Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá