Artículo 35 - SE MODIFICAN LOS ARTICULOS DE LA LEY Nº1 DE 1982, SE CREAN NUEVOS CORREGIMIENTOS EN VARIOS DISTRITOS DE LAS PROV. DE BOCAS DEL TORO, CHIRIQUI Y PANAMA Y SE DENOMINA AL CORREGIMIENTO DE LOS SANTOS, LA VILLA DE LOS SANTOS.
Ley 5 del año 1998
República de Panamá
Artículo 35. Los límites políticoadministrativos del corregimiento de El Bongo son: 1. Con el corregimiento de la Concepción (cabecera): Desde el punto con coordenadas UTM 943600 mN y 322700mE, donde la línea de intersección de alta tensión cruza el río Piedra, se sigue esta línea hasta donde es intersectada por el camino que conduce de El Porvenir al Calvario; de ese punto es línea recta, con dirección Suroeste, hasta el paso de las Pereas en el río Mula; de este punto, aguas arriba, hasta el nacimiento de este río; y desde allí en línea recta, con dirección este, se sigue hasta donde la Quebrada Grande vierte sus aguas en el río Macho de Monte.
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