Artículo 5 - Que concede autorización de funcionamiento definitivo a la Universidad Nuestra Señora del Carmen (UNESCA).
República de Panamá
Artículo 5. La Universidad Nuestra Señora del Carmen (UNESCA), una vez acreditada por el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá, podrá solicitar al Estado la exoneración de impuestos fiscales, municipales y franquicia postal, conforme lo establecen los artículos 50 y 51 de la Ley 52 de 26 de junio de 2015.
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