Artículo 6 - Reglamento de Seguros Colectivos del Componente de Ahorro Personal del Subsistema Mixto: Colectivo de Renta Vitalicia y Colectivo de la Pensión por Invalidez
República de Panamá
Artículo 6. Organización Financiera de los Seguros Colectivos del Componente de Ahorro Personal del Subsistema Mixto. La organización financiera de los Seguros Colectivos del Componente de Ahorro Personal del Subsistema Mixto se fundamenta en cálculos actuariales, los cuales tienen como parámetros de referencia, las bases biométricas vigentes aprobadas por la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social y la evolución esperada del mencionado Subsistema. Se prorratearan o distribuirán los costos de conceder los beneficios descritos en el artículo anterior, entre la totalidad de participantes en el Componente de Ahorro Personal del Subsistema Mixto.
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