Artículo 61 - ORGANICA DEL INSTITUTO TECNICO SUPERIOR ESPECIALIZADỌ
Ley 71 del año 2017
República de Panamá
Artículo 61. Se reconoce la validez de los acuerdos, opiniones, resoluciones, actos administrativos y contratos que se hayan realizado mediante el Decreto Ejecutivo 782 de 23 de noviembre de 2015, que actualmente desarrolla e implementa el Instituto Superior del Este.
Palabras clave de éste artículo
contratoaviso
Explora otros artículos de esta norma
Artículo 62. Todas las disposiciones que se refieren al Instituto Técnico Superior del Este, creado mediante Decreto Ejecutivo 782 de 23 de noviembre de 2015, se entenderán referidas al Instituto Técnico Superior Especializado. El Instituto Técnico Superior Especializado asumirá todas las funciones, deberes y atribuciones que se encontraba realizando el Instituto Técnico Superior del Este.
Ver artículo 62 de Ley 71 del año 2017
Artículo 63. El Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía y Finanzas, tomará las medidas para incluir en el Presupuesto General del Estado para la vigencia fiscal de cada año las partidas requeridas para el funcionamiento, operación e inversiones del Instituto Técnico Superior Especializado, tanto en su sede de creación como las que se establezcan en el futuro.
Ver artículo 63 de Ley 71 del año 2017
Abogados Expertos relacionados 
Buscar algo específico en las normas de Panamá