Artículo 63 - QUE REFORMA LA LEY 37 DE 2009, QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACION PUBLICA, Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Ley 66 del año 2015
República de Panamá
Artículo 63. Se deroga el artículo 163 (transitorio) de la Ley 37 de 2009.
Palabras clave de éste artículo
Administración Pública
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Artículo 64. El artículo 164 (transitorio) de la Ley 37 de 2009 queda así: "Artículo 164 (transitorio). Las etapas del proceso de descentralización de la Administración Pública que se describen en el artículo 29 se aplicarán gradualmente de la manera siguiente: 1. Primera y segunda etapa, hasta el 31 de diciembre de 2017. 2. Tercera y cuarta etapa, a partir del 2 de enero de 2018. 3. Quinta etapa, a partir del 2 de enero de 2019 hasta por un periodo de ciento ochenta días. 4. Sexta etapa, a partir del primer año de haber asumido la competencia. 5. Séptima etapa, consolidación del proceso de descentralización."
Ver artículo 64 de Ley 66 del año 2015
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