Artículo 74 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 74. En adición a los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos: 1. Copia simple del contrato celebrado entre la empresa y el Gobierno refrendado por la Contraloría General de la Nación o copia de la Gaceta Oficial en la cual se publicó dicho contrato; 2. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social, con copia del carné; 3. Carta de responsabilidad de la empresa, que especifique la posición que ocupa y el salario a devengar; 4. Copia del Aviso Operación de la empresa; 5. Permiso de trabajo con la respectiva copia de su carné; 6. Copia del certificado de la empresa inscrita en Registro Público; 7. Carta emitida por la entidad estatal responsable de la contratación y su ejecución.
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