Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 79 - QUE PROMUEVE EL ACCESO AL CREDITO Y MODERNIZA EL SISTEMA DE GARANTIAS MOBILIARIAS A TRAVES DE LA HIPOTECA SOBRE BIEN MUEBLE Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 129 del año 2013

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 79. El artículo 51 del Decreto Ley 2 de 1955 queda así: "Artículo 51. Quien grave o en otra forma disponga de un bien mueble entregado según se dispone en el artículo anterior incurrirá en delito de apropiación indebida y quedará sujeto a las sanciones que la ley establece."

Palabras clave de éste artículo

aviso


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 80. El artículo 52 del Decreto Ley 2 de 1955 queda así: "Artículo 52. Quien conviniera en la venta de un bien mueble a sabiendas de no ser dueño de este o de no tener la capacidad legal para ello y cause con ello perjuicios incurrirá en delito de estafa y quedará sujeto a las sanciones que la ley establece."

Ver artículo 80 de Ley 129 del año 2013

Artículo 81. La presente Ley modifica los artículos 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 50, 51 y 52 y deroga los artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del Decreto Ley 2 de 24 de mayo de 1955.

Ver artículo 81 de Ley 129 del año 2013

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

John Ward Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá