Artículo 81 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 81. Para solicitar prórroga, además de los requisitos mencionados en los numerales descritos en el artículo anterior, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos: 1. Certificación de la Caja de Seguro que acredite el pago nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya hecho cambio de empresa; 2. Paz y salvo nacional de rentas del solicitante.
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Artículo 83. En adición a los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley, el solicitante deberá aportar lo siguientes documentos: 1. Contrato de Trabajo refrendado por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral a favor del interesado; 2. Carta de responsabilidad de la empresa, donde conste el cargo y el salario, firmada por el representante legal; 3. Copia de Aviso de Operación de la empresa; 4. Copia simple de certificación de vigencia de la empresa emitida por el Registro Público; 5. Permiso de trabajo; 6. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social, con copia del carné (en la primera solicitud); No 26104 Gaceta Oficial Digital, miércoles 13 de agosto de 2008 19 20 7. Paz y salvo nacional de rentas de la empresa.
Ver artículo 83 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
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