Artículo 9 - QUE ESTABLECE LOS CONCURSOS NACIONALES DE CIRCULOS DE LECTORES, DE REDACCION Y NARRACION DE CUENTOS, DE DIBUJO Y PINTURA, DE MUSICA, CANTO, TEATRO Y OTRAS AREAS DE LAS ARTES.
Ley 10 del año 2007
República de Panamá
Artículo 9. Para asegurar la realización anual de todos los concursos señalados en el artículo 1 de esta Ley, el Órgano Ejecutivo deberá consignar en el Presupuesto General del Estado la partida correspondiente.
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