Artículo 9 - QUE CREA LOS CORREGIMIENTOS LAS MAÑANITAS, SEGREGADO POR EL CORREGIMIENTO TOCUMEN Y 24 DE DICIEMBRE, SEGREGADO DEL CORREGIMIENTO PACORA, UBICADOS DENTRO DEL DISTRITO Y LA PROVINCIA DE PANAMA, MODIFICA EL ART. 74 DE LA LEY 1 DE 1992 Y DICTA OTRAS DISPOSIC
Ley 13 del año 2002
República de Panamá
Artículo 9. La elección de los representantes de corregimiento de Las Mañanitas y 24 de Diciembre, que correspondan por razón de esta Ley se hará dentro del ordenamiento del próximo periodo electoral, de conformidad con las disposiciones de la legislación electoral.
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