Artículo 94 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 94. Para solicitar prórroga de este permiso, además de los requisitos mencionados en los numerales descritos en el artículo anterior, el solicitante deberá aportar el siguiente documento: 1. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago de nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya hecho cambio de empresa.
Palabras clave de éste artículo
Explora otros artículos de esta norma
Abogados Expertos relacionados
Buscar algo específico en las normas de Panamá