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Artículo 95 - QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACION PUBLICẠ

Ley 37 del año 2009

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 95. Los principios para los nombramientos, ascensos, suspensiones, traslados y destituciones serán determinados por la Ley que establece y regula la Carrera Administrativa. Las cesantías y jubilaciones deberán estar de acuerdo con la ley respectiva.

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suspensiónjubilaciónAdministración Pública


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Artículo 96. La Ley que establece y regula la Carrera Administrativa es obligatoria para todos los Municipios en todo lo relacionado a los derechos y deberes de los servidores públicos municipales, por lo cual todos los municipios están obligados a crear la Oficina Municipal de Recursos Humanos.

Ver artículo 96 de Ley 37 del año 2009

Artículo 97. Los servidores públicos municipales no podrán percibir dos o más sueldos pagados por el Municipio, salvo los casos especiales que determine la ley, ni desempeñar ningún otro puesto con jornadas simultáneas de trabajo.

Ver artículo 97 de Ley 37 del año 2009

Artículo 98. La capacitación a los servidores públicos municipales revestirá carácter de obligatoriedad para cada Municipio, y los recursos para tal fin deberán ser presupuestados anualmente en el presupuesto de rentas y gastos municipal. El Gobierno Central complementará supletoriamente los recursos necesarios para financiar el Plan Anual de Capacitación Municipal.

Ver artículo 98 de Ley 37 del año 2009

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