Artículo 1 - QUE DENOMINA GAIGIRGORDUB A EL PORVENIR.
Ley 32 del año 2016
República de Panamá
Artículo 1. Se denomina Gaigirgordub a El Porvenir, cabecera de la comarca Kuna Yala, ubicado en el corregimiento Narganá, creada por la Ley 2 de 1938 y declarada reserva indígena por la Ley 20 de 1957.
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Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto que la cabecera de la comarca Kuna Yala recupere su denominación autóctona y sea pronunciada en la lengua materna de sus antepasados y pobladores, de acuerdo con las costumbres y tradiciones vernaculares.
Ver artículo 2 de Ley 32 del año 2016
Artículo 3. A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, las instituciones públicas y privadas procederán al uso del nombre Gaigirgordub y harán las correcciones correspondientes, con el objeto de que todas las referencias a El Porvenir se entiendan hechas a Gaigirgordub.
Ver artículo 3 de Ley 32 del año 2016
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