Artículo 10 - QUE REGULA LA PROFESION DE TERAPIA RESPIRATORIA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.
Ley 53 del año 2008
República de Panamá
Artículo 10. Medidas de seguridad. Reconociendo los riesgos inherentes al ejercicio de la profesión de Terapia Respiratoria, las instituciones públicas de salud y demás instituciones del Estado, donde laboren estos profesionales, habilitarán los espacios físicos apropiados para la realización de las funciones concernientes a la profesión, de acuerdo con las normas de seguridad y bioseguridad establecidas por los organismos nacionales e internacionales competentes.
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