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Artículo 104 - QUE DESARROLLA LA CARRERA PENITENCIARIA Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES.

Ley 42 del año 2016

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 104. Recomendación de la Junta Disciplinaria Superior. Una vez en firme la recomendación de destitución de la Junta Disciplinaria Superior, se enviará al ministro de Gobierno.

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Artículo 105. Decisión de la autoridad nominadora. Si la autoridad nominadora estima probada la causal y la responsabilidad del servidor público de Carrera Penitenciaria, de acuerdo con los informes y la decisión de la Junta Disciplinaria Superior, a ella presentados, y a su mejor saber y entender, ordenará la destitución del servidor público o alguna otra sanción disciplinaria que estime conveniente.

Ver artículo 105 de Ley 42 del año 2016

Artículo 106. Notificación de la destitución. La decisión de la autoridad nominadora le será notificada personalmente al servidor público de Carrera Penitenciaria y surtirá efectos inmediatos.

Ver artículo 106 de Ley 42 del año 2016

Artículo 107. Requisitos necesarios para la validez del documento de destitución. El documento que señale o certifique la acción de destitución debe incluir la causal de hecho y de derecho por la cual se ha procedido a la destitución y los recursos legales que le asisten al servidor público destituido.

Ver artículo 107 de Ley 42 del año 2016

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