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Artículo 109 - POR LA CUAL SE ESTABLECE LA CARRERA ADMINISTRATIVẠ

Ley 9 del año 1994

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 109. El servidor público que no cumpla lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo anterior, deberá reembolsar a la institución que corresponda el gasto en que ésta haya incurrido con motivo de la capacitación. Mientras la persona no efectúe este reembolso, quedará inhabilitada para volver a ingresar a la administración pública. La autoridad que corresponda debe informar este hecho a la Dirección General de Carrera Administrativa y a la Contraloría General de la República.

Palabras clave de éste artículo

servidor públicoAdministración PúblicaContraloría General de la República


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Artículo 110. La bonificación por antigüedad se calcula tomando en cuenta los años laborados, desde la adquisición del status de servidor público de carrera administrativa al último sueldo devengado. Sólo recibirán bonificación por antigüedad los servidores públicos de carrera administrativa que dejen su puesto por renuncia, jubilación, o reducción de fuerza. Al completar diez (10) años de servicios, tendrá derecho a cuatro (4) meses de sueldo por bonificación. Al completar quince (15) años de servicios, tendrá derecho a seis (6) meses de sueldo por bonificación. Al completar veinte (20) años de servicios, tendrá derecho a ocho (8) meses de sueldo por bonificación. Al completar veinticinco (25) años de servicios, tendrá derecho a diez (10) meses de sueldo como bonificación.

Ver artículo 110 de Ley 9 del año 1994

Artículo 111. En caso de fallecimiento del servidor público, se le concederá el último mes de sueldo al beneficiario previamente designado o, en su defecto, a sus herederos.

Ver artículo 111 de Ley 9 del año 1994

Artículo 112. La Dirección General de Carrera Administrativa, en coordinación con las autoridades nominadoras, establecerá programas de motivación para los servidores públicos de carrera, a efecto de incentivar su productividad, eficiencia, y mejorar su desarrollo moral, social, cultural y su espíritu de trabajo.

Ver artículo 112 de Ley 9 del año 1994

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