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Artículo 109 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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Artículo 109. En adición a los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley (a excepción del numeral 4), el solicitante deberá aportar los siguientes documentos: 1. Certificación de la Fundación Ciudad del Saber a través de su Director Ejecutivo, en la cual se haga constar la existencia de la empresa, la labor que realiza el extranjero y el término de su estadía en nuestro país; 2. Carta de responsabilidad de la empresa donde conste la actividad del investigador y el salario a devengar; 3. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social y copia del carné (en la primera solicitud).

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Artículo 110. Para solicitar prórroga, el solicitante deberá aportar los requisitos mencionados en el artículo anterior.

Ver artículo 110 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 111. En adición a los requisitos comunes establecidos en artículo 28 del Decreto Ley (a excepción del numeral 4), el solicitante deberá aportar los siguientes documentos: 1. Certificación o documento que pruebe su idoneidad, expedida en el país de origen, donde acredite la condición de docente; 2. Certificación de la Fundación Ciudad del Saber a través de su Director Ejecutivo, en la cual se haga constar la existencia del centro de enseñanza, la labor que realiza el extranjero y el término de su estadía en nuestro país; 3. Carta de responsabilidad del centro educativo donde conste la actividad del profesor y el salario a devengar; 4. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social y copia del carné (en la primera solicitud).

Ver artículo 111 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 112. Para solicitar prórroga, el solicitante deberá presentar los requisitos mencionados en los numerales descritos en el artículo anterior.

Ver artículo 112 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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