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Artículo 125 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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Artículo 125. Para solicitar prórroga, además de los requisitos mencionados en los numerales del artículo anterior, el solicitante deberá aportar el siguiente documento: 1. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago nueve (9) cuotas consecutivas.

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Artículo 126. Podrá solicitar este permiso el extranjero contratado por empresas dentro del Área PanamáPacífico, por el Desarrollador, por el Operador o por la Agencia, para laborar como personal especializado en aspectos técnicos y/o en asuntos propios de la gestión administrativa, en un porcentaje que exceda del quince por ciento (15%) de los trabajadores ordinarios. La expedición de este permiso estará condicionado al cumplimiento de lo establecido en el artículo 91 de la Ley 41 de 2004.

Ver artículo 126 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 127. En adición a los requisitos comunes establecidos en el artículo 28 del Decreto Ley, el solicitante deberá aportar los siguientes documentos: 1. Permiso de trabajo y copia de carné; 2. Carta de responsabilidad de la empresa, que acredite el cargo y los servicios que presta el solicitante, firmada por su representante legal; 3. Certificación expedida por la Agencia Económica Especial PanamáPacífico, donde se certifique que la empresa se encuentra registrada; 4. Paz y salvo expedido por la Agencia Económica Especial PanamáPacífico a favor de la empresa; 5. Comprobante de afiliación a la Caja de Seguro Social y copia del carné (en la primera solicitud).

Ver artículo 127 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 128. Para solicitar prórroga, además de los requisitos mencionados en el artículo anterior, deberá presentar: 1. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago nueve (9) cuotas consecutivas.

Ver artículo 128 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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