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Artículo 132 - SOBRE REGIMEN MUNICIPAL.

Ley 106 del año 1973

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 132. El Estado ayudará, según lo permita el Tesoro Nacional, a los Municipios que no puedan atender con sus propios recursos, los gastos de sostenimiento de su administración. En estos casos, cuando un municipio se encuentra en tales condiciones se dirigirá al Organo Ejecutivo, exponiéndole con todo sus detalles su situación económica. El Organo Ejecutivo solicitará un informe sobre la situación del Municipio a la Controlaría General de la República y los Ministerios de Hacienda y Tesoro y Planificación y Política Económica, que deberá contener: 1º Un plan de economía o de administración que solucione el problema que afecta al Municipio de que se ha hecho mención; y 2º Recomendaciones sobre la mejor forma como el Estado podrá ayudar al Municipio económicamente.

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Artículo 133. Mientras no se incluyan en el Presupuesto Nacional las partidas necesarias para cubrir los gastos del servicio de auditoría en aquellos municipios que hasta el presente les han sufragado y que, de conformidad con esta Ley, no deben seguir pagándoles, tales gastos seguirán siendo cubiertos por dichos municipios.

Ver artículo 133 de Ley 106 del año 1973

Artículo 134. Los disposiciones del Código Fiscal son aplicables en las cuestiones de Hacienda Municipal en los cosos no previstos en esta Ley.

Ver artículo 134 de Ley 106 del año 1973

Artículo 135. Facúltase al Presidente de la República para que mediante Decreto Ejecutivo, dictado por intermedio del Ministerio que corresponda, y a solicitud expresa de los municipios interesados, declare como lugares de turismo, las playas, riberas de ríos, lagos y lagunas y pozos termales y otros lugares como también cualesquiera otros que se estimen necesarios para el esparcimiento y recreación. Declárense de utilidad pública o interés social las obras que sean necesarias, en especial las vías de acceso o caminos, para el aprovechamiento de los bienes antes mencionados.

Ver artículo 135 de Ley 106 del año 1973

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