Artículo 135 - QUE INSTITUYE LA CARRERA ADMINISTRATIVA UNIVERSITARIA EN LAS UNIVERSIDADES OFICIALES, CON EXCLUSION DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMẠ
Ley 62 del año 2008
República de Panamá
Artículo 135. Resuelto el recurso de reconsideración, el servidor público afectado por una destitución, podrá interponer el recurso de apelación ante la autoridad nominadora dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación, y será resuelto por el Consejo Administrativo u Órgano Superior Administrativo.
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