Buscador inteligente de Normas de Panamá

Artículo 1599 - Código Administrativo

República de Panamá Bandera de Panamá


Artículo 1599. El que tomare ganado cimarrón sin haber obtenido la licencia requerida, incurrirá en una multa de diez a cincuenta balboas, sin que quede exonerado de la pena correspondiente al hurto o robo, si hubiere cometido alguno de estos delitos. Si el que tomare ganado cimarrón con licencia, no cumpliere con lo dispuesto en las obligaciones 2a. y 3a. del artículo 1595, pagará una multa igual al valor del animal o animales así tomados.

Palabras clave de éste artículo

animal doméstico


Explora otros artículos de esta norma

Artículo 1600. Cuando en el territorio de un Distrito se encontrare una bestia o res que no tenga dueño conocido, se tomará y se presentará al Alcalde Municipal quien la depositará mientras aparece el dueño o se verifica la venta.

Ver artículo 1600 de Código Administrativo

Artículo 1601. Una vez depositado el animal, el Alcalde fijará avisos en su oficina y en los lugares más concurridos de la población, dando cuenta del color, sexo, calidad y señales naturales y artificiales del animal, y emplazando, a la vez, a los dueños o interesados para que dentro de treinta días hagan valer sus derechos. Si alguien comprobare su derecho, le será entregado el animal, previa indemnización de los gastos; y si no, se procederá al avalúo del animal, por peritos, y a la venta en almoneda pública, por el Tesoro Municipal.

Ver artículo 1601 de Código Administrativo

Artículo 1602. Del valor líquido de la almoneda se harán tres partes: una para el denunciante; otra para el Tesorero Municipal; y otra que quedará en poder del Tesorero, como depósito, por sesenta días, para ser entregada al que fue dueño del animal. Si pasado este último término no apareciere el dueño del animal, la parte del dinero que a éste debía corresponder ingresará al Tesoro Municipal. PARÁGRAFO SEXTO Tráfico de bestias y ganados

Ver artículo 1602 de Código Administrativo

Abogados Expertos relacionados Bandera de Panamá

Arturo González Cal

Buscar algo específico en las normas de Panamá