Artículo 180 - SOBRE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS.
Ley 64 del año 2012
República de Panamá
Artículo 180. Se adicionan los numerales 6, 7 y 8 al artículo 262 del Código Penal, así: "Artículo 262. … 6. Modifique total o parcialmente una obra protegida por el Derecho de Autor y Derechos Conexos. 7. Ponga a disposición del público transmisiones de interpretaciones o ejecuciones artísticas o de producciones fonográficas. 8. Incurra en la infracción dolosa de piratería lesiva de derecho de autor o derechos conexos, que no tenga una motivación directa o indirecta de ganancia económica y cause un daño económico mayor a una infracción de poco valor."
Palabras clave de éste artículo
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Artículo 181. El numeral 6 del artículo 263 del Código Penal queda así: "Artículo 263. … 6. Reproduzca, copie o modifique íntegra o parcialmente una obra protegida por el Derecho de Autor y Derechos Conexos, fijada de manera provisional o permanente, de una obra protegida por Derecho de Autor o Derechos Conexos."
Ver artículo 181 de Ley 64 del año 2012
Artículo 182. Se adiciona el artículo 266A al Código Penal, así: "Artículo 266A. Quien con el fin de lograr una ventaja comercial o ganancia financiera privada evada sin autorización cualquier medida tecnológica que controle el acceso a una obra, interpretación, ejecución o fonograma protegido será sancionado con prisión de uno a tres años."
Ver artículo 182 de Ley 64 del año 2012
Artículo 183. Se adiciona el artículo 266B al Código Penal, así: "Artículo 266B. Se impondrá la pena de dos a cuatro años de prisión a quien fabrique, importe, distribuya, ofrezca al público, proporcione o de otra manera trafique dispositivos, productos, o componentes, u ofrezca al público o proporcione servicios, los cuales: 1. Son promocionados, publicitados, o comercializados con el propósito de evadir una medida tecnológica efectiva; o 2. Únicamente tienen un limitado propósito o uso de importancia comercial diferente al de evadir una medida tecnológica efectiva; o 3. Son diseñados, producidos o ejecutados principalmente con el fin de permitir o facilitar la evasión de cualquier medida tecnológica efectiva. Quedan excluidos del alcance de lo dispuesto en el artículo 266A y en este artículo las bibliotecas, archivos, instituciones educativas u organismos públicos de radiodifusión no comercial sin fines de lucro."
Ver artículo 183 de Ley 64 del año 2012
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