Artículo 19 - REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE EXCELENCIA PROFESIONAL ENTRE EL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS Y LA SECRETARÍA NACIONAL DE CIENCIAS, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
República de Panamá
Articulo 19. La Comisión de Evaluación deberá, dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes después del cierre de la convocatoria, proponer a consideración del IFARHU y SENACYT, los seleccionados tomando en consideración: 1. Méritos académicos, profesionales y personales. 1. Logros intelectuales (trabajos, proyectos, publicaciones) o evidencia de alto potencial, de acuerdo a su etapa académica o profesional; 2. Ensayo explicativo del solicitante que ponga en evidencia su interés de avanzar hacia la excelencia profesional; 3. Labores de perfeccionamiento académico o profesional; 4. Información adicional relevante; 2. Calificaciones obtenidas durante la carrera y regularidad de estudios; 3. Los resultados de pruebas psicológicas y entrevistas personales, cuando fuere el caso; 2. Plan de estudio propuesto; 3. El aspirante deberá tener un plan de los cursos que tenga programado realizar durante el desarrollo de la beca; 4. Deberá presentar al menos tres (3) cartas de referencia académica; 5. Evidencia de la excelencia académica o de capacitación del centro donde se propone asistir el solicitante; 6. Características de la solicitud y compatibilidad temática con las prioridades formativas preferenciales de cada convocatoria.
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