Artículo 2 - QUE FIJA LAS LINEAS DE BASE A PARTIR DE LAS CUALES SE MIDE LA ANCHURA DE MAR TERRITORIAL DE LA REPUBLICA DE PANAMA EN EL MAR CARIBE Y EN EL OCEANO PACIFICỌ
Ley 47 del año 2018
República de Panamá
Artículo 2. Las siguientes coordenadas constituyen la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del mar Caribe:
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Panamá
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Artículo 3. Las siguientes coordenadas constituyen la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el litoral del océano Pacífico: Ver Ley
Ver artículo 3 de Ley 47 del año 2018
Artículo 4. Los artículos precedentes se interpretarán sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales de delimitación marítima suscritos entre la República de Panamá y la República de Colombia y Costa Rica.
Ver artículo 4 de Ley 47 del año 2018
Artículo 5. El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá estará facultado para depositar ante el Secretario General de las Naciones Unidas un ejemplar de la lista de coordenadas geográficas descritas en los artículos 2 y 3 de la presente Ley.
Ver artículo 5 de Ley 47 del año 2018
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