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Artículo 232 - Por el cual se desarrollan los Capítulos VI y VII, sección primera, segunda, tercera, cuarta y quinta, el Capítulo VIII de la ley 18 de 3 de junio de 1997

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Artículo 232. La evaluación de Ingreso, califica el período de prueba para nuevos. aspirantes a policía, la evaluación ordinaria o normal, controla el rendimiento de personal; se aplicará una vez al ano, por el jefe inmediato y deberá reposar en el expediente del empleado en la Dirección de Recursos Humanos. Estas evaluaciones deberán ser consideradas en la evaluación para Ascensos, según requisitos exigidos en este programa.

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policíaempleadorDirección de Recursos Humanos


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Artículo 234. La evaluación del desempeño se aplicará a personal juramentado de niveles de cargo básico, oficiales y superior. Se exceptúa el nivel Directivo. .

Ver artículo 234 de Por el cual se desarrollan los Capítulos VI y VII, sección primera, segunda, tercera, cuarta y quinta, el Capítulo VIII de la ley 18 de 3 de junio de 1997

Artículo 235. Los principios por los cuales debe estructurarse el proceso de evaluación son: 1. Motivar al personal hacia un perfeccionamiento y compromiso de auto superación y responsabilidad institucional. 2. Desarrollarse de manera sistemática o continua y no de forma aislada. 3. Tener como fundamento hechos concretos positivos ó negativos, demostrados conforme a la Ley y el reglamento. 4. Tener en cuenta las particularidades de cada nivel y las características especiales del desempeño profesional. 5. El empleado a evaluar deberá tener de tres (3) a seis (6) meses de tiempo en el puesto o cargo asignado. 6. Aplicar criterios técnicos que garanticen la mayor objetividad, funcionalidad y dinamismo del sistema de evaluación. 7. El evaluador deberá ser siempre de mayor rango, antigüedad yIo jerarquía que el evaluado. 8. Comunicar el resultado del empleado de manera oportuna.

Ver artículo 235 de Por el cual se desarrollan los Capítulos VI y VII, sección primera, segunda, tercera, cuarta y quinta, el Capítulo VIII de la ley 18 de 3 de junio de 1997

Artículo 236. El sistema de evaluación promoverá los siguientes objetivos: 1. Establecer un sistema de promociones, ascensos e incentivos basados en datos objetivos, reales, oportunos, sistemáticos y confiables y no en base del sentido común, estado de ánimo o circunstancias. 2. Retroalimentar a los empleados acerca de su trabajo.3. Determinar la calidad del desempeño del personal en el ejercicio de sus funciones y responsabilidad, durante un período determinado.4. Presentar resultados que sirvan de base para Retroalimentar otros temas, tales como capacitación, dotación y movilidad de personal.5. Detectar limitaciones de recursos administrativos que afectan el desarrollo normal del trabajo.

Ver artículo 236 de Por el cual se desarrollan los Capítulos VI y VII, sección primera, segunda, tercera, cuarta y quinta, el Capítulo VIII de la ley 18 de 3 de junio de 1997

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