Artículo 236 - Por el cual se desarrollan los Capítulos VI y VII, sección primera, segunda, tercera, cuarta y quinta, el Capítulo VIII de la ley 18 de 3 de junio de 1997
República de Panamá
Artículo 236. El sistema de evaluación promoverá los siguientes objetivos: 1. Establecer un sistema de promociones, ascensos e incentivos basados en datos objetivos, reales, oportunos, sistemáticos y confiables y no en base del sentido común, estado de ánimo o circunstancias. 2. Retroalimentar a los empleados acerca de su trabajo.3. Determinar la calidad del desempeño del personal en el ejercicio de sus funciones y responsabilidad, durante un período determinado.4. Presentar resultados que sirvan de base para Retroalimentar otros temas, tales como capacitación, dotación y movilidad de personal.5. Detectar limitaciones de recursos administrativos que afectan el desarrollo normal del trabajo.
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