Artículo 238 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones
República de Panamá
Artículo 238. Con fundamento en el artículo 14 del Decreto Ley, los extranjeros no residentes podrán realizar cambio de categoría migratoria salvo aquellos que su autorización de visa no lo permita.
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