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Artículo 264 - Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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Artículo 264. Todos los residentes temporales o residentes permanentes, intrínseco a su permiso otorgado, tienen la posibilidad de entrar y salir del territorio nacional sin necesidad de autorización previa del Servicio Nacional de Migración, a excepción de los casos en que las autoridades competentes interpongan medidas cautelares o restricciones de entrada o salida.

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territorio nacionalServicio Nacional de Migración


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Artículo 265. El Servicio Nacional de Migración creará el registro de impedimentos de entrada o salida y levantamiento de los mismos, el cual se actualizará de manera expedita previa comunicación que se reciba de parte de las autoridades competentes. Una vez recibida la comunicación de parte de las autoridades que emiten el impedimento o su levantamiento, se ingresará al registro que estará disponible a todos los puestos migratorios del país y su aplicación será de obligatorio cumplimiento.

Ver artículo 265 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 266. Se harán los protocolos pertinentes con el Ministerio Público y el Órgano Judicial, a fin de agilizar el proceso de intercambio de información y el registro de medidas cautelares, a través de mecanismos tecnológicos y cumpliendo con los formatos que para estos efectos se aprueben.

Ver artículo 266 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

Artículo 267. El Director General del Servicio Nacional de Migración, establecerá impedimentos de entrada al territorio nacional, que tendrán como resultado la no admisión del extranjero en el caso de que éste haya infringido el numeral 8 del artículo 50 del Decreto Ley y el presente reglamento, para lo cual deberá emitir una resolución sustentada.

Ver artículo 267 de Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones

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