Artículo 27 - POR LA CUAL SE DESARROLLA LA CARRERA DEL SERVICIO LEGISLATIVỌ
Ley 12 del año 1998
República de Panamá
Artículo 27. En el examen de libre oposición, el aspirante debe concurrir a presentar pruebas escritas, orales y prácticas, según los requisitos del puesto. Los resultados de estas pruebas serán revisados y calificados, según lo establecido en el reglamento de administración de recursos humanos.
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